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¿Cuál es el objetivo general?

Avanzar, en La Unión, hacia la garantía del cuidado de menores, desde el enfoque de derechos y de igualdad de mujeres y hombres, según el artículo 44 de la Ley Orgánica 3/2007, al margen de la condición laboral de las personas beneficiarias

¿Cuáles son los objetivos específicos?

CORRESPONSABILIDAD EN DISTINTOS ÁMBITOS

LABORAL

Se produce cuando la empresa y las personas trabajadoras establecen la voluntad y el compromiso de resolver las necesidades mutuas, productivas en el caso de la empresa, y las personales y familiares en el caso de las personas trabajadoras.

FAMILIAR

La corresponsabilidad en las familias se produce cuando se asumen las tareas domésticas, la crianza y los cuidados de manera conjunta, y defendiendo relaciones basadas en la igualdad, que posibiliten el desarrollo personal y profesional.

SOCIAL

La responsabilidad de la conciliación no es exclusiva de las personas afectadas, sino de la sociedad en su conjunto. La transformación se consigue modificando la educación, la cultura, las estructuras sociales, las empresas y la sociedad en general.

TRANSFORMANDO VIDAS A TRAVÉS DE LA CORRESPONSABILIDAD

Bolsas de cuidado​

Prestación de servicios de carácter colectivo con diferentes perfiles profesionales que atiendan en espacios públicos convenientemente habilitados al efecto, tales como escuelas, centros municipales o polideportivos, entre otros, y dirigido al cuidado de menores de hasta 16 años.

Empleo de calidad

Fomento y creación de empleo de calidad priorizando personas jóvenes con perfiles profesionales de cuidado y el ocio infantil, así como personas mayores de 45 años con experiencia en cuidados (especialmente mujeres).

Planes de formación para hombres

Planes de formación en corresponsabilidad y cuidados destinados a los hombres. Conseguir la sensibilización en materia de corresponsabilidad.

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